El Confirming en la administración pública
El confirming tiene una presencia cada vez mayor en las administraciones públicas, permitiendo a muchos de sus proveedores acceder a fuentes de financiación y mejorar su liquidez. Mejora la imagen de la administración con sus proveedores y en última instancia con el ciudadano. El autor analiza el impacto en los distintos agentes que intervienen en su implementación:Interventor, concejal, entidad financiera, proveedor y ciudadano.
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En el confirming de la administración pública participan tres actores: el ayuntamiento, cabildo, consell o comunidad autónoma, a quien denominaremos Administración; la entidad de factoring-confirming, a quien llamaremos Entidad y el proveedor de la administración, que seguirá siendo Proveedor.
En una administración pública en la que se pretenda introducir la figura del confirming, se plantearán diferentes dudas en función del interlocutor. Estas dudas deberán ser resueltas, como en las siguientes líneas, antes de que lleguen al Ciudadano.
El Interventor
El Interventor
El Interventor debe ser consciente de que el confirming es un sistema que nació siendo pensado para la empresa privada, donde es ampliamente conocido y reconocido, pero que la realidad y las necesidades lo han introducido con éxito, y con la mejor de las bienvenidas, en la Administración, donde se adapta a todos los requisitos legales.
Un ejemplo son las remesas de facturas, que son entregadas en gestión de pago a la Entidad exclusivamente cuando han sido cumplidos todos y cada uno de los trámites de validación y aprobación del gasto determinados por la Administración.
La ventaja real de la gestión de pagos mediante este sistema es que la Administración está confirmando el pago de sus facturas en la fecha de vencimiento; que ahora es real, conocida e inamovible. Pero es precisamente el asunto de los
vencimientos el que más puede contrariar a la Intervención.
vencimientos el que más puede contrariar a la Intervención.
• El hecho más obvio es que, en la fecha de vencimiento, la deuda entre la Administración y el Proveedor por las facturas puestas en gestión de pagos queda satisfecha.
• Antes de esta fecha de vencimiento, la Entidad y el Proveedor pueden pactar el adelanto, descuento, cesión… de los derechos en gestión de pago. En este caso, el Proveedor recibe de la Entidad el importe de las facturas (minorado con el coste del descuento), pero la Administración mantiene estas remesas como pendientes de vencimiento y pago.
• La Administración puede haber pactado con la Entidad el establecimiento de una fecha de pago posterior la fecha de vencimiento de las facturas. En este caso, la Entidad, ahora poseedora de los créditos originados en la anterior relación comercial (Proveedor-Administración), repercutirá a la Administración el coste pactado por la dilación entre las fechas de vencimiento de los derechos y el pago de los mismos.
El Concejal
El Concejal debe ser consciente de que se encuentra ante un producto atractivo para su Administración, para el Proveedor y para la Entidad.
La Administración que haya pactado con la Entidad la posibilidad de posponer el pago una vez vencida la obligación, se beneficia de un coste reducido por este aplazamiento, ya que la Entidad que gestiona el pago tiene su principal negocio y beneficio en el descuento de los efectos por parte del Proveedor y en la captación de nuevos clientes.
La Administración que haya pactado con la Entidad la posibilidad de posponer el pago una vez vencida la obligación, se beneficia de un coste reducido por este aplazamiento, ya que la Entidad que gestiona el pago tiene su principal negocio y beneficio en el descuento de los efectos por parte del Proveedor y en la captación de nuevos clientes.
Unido a esto, mejora su imagen con el Proveedor y con la Ciudadanía, ante los que aparece como una Administración moderna y responsable.
El Proveedor tiene confirmado el pago de su factura en una fecha concreta. Si espera al vencimiento su coste es nulo, pero su capacidad de gestión es mayor. Si tiene necesidades de tesorería, puede hacer líquidos estos créditos antes del vencimiento, normalmente a un precio muy competitivo y siempre conocido, sin trámites y de forma instantánea.
La Entidad tiene un servicio ágil y económico que ofrecer a una cartera de nuevos clientes potenciales, así como a la cartera de clientes propios. Le permite ofrecer un producto económico tanto al Proveedor como a la Administración. Y, por si no fuera suficiente, obtiene beneficios por el descuento de las facturas.
El Proveedor
El Proveedor plantea cuestiones que no vienen tanto originadas por el desconocimiento del confirming, como por estar deseando su implantación.
Necesita conocer la fecha exacta de cobro y poder descontar de manera fácil y rápida las facturas giradas cuando el vencimiento se le hace demasiado largo.
Quiere tener la garantía de que podrá descontar sin consumir riesgo financiero y olvidar las certificaciones de crédito, la burocracia que conllevan y su elevado riesgo de no ser aceptadas por los bancos para el descuento.
Además, tiene la certeza de que la capacidad negociadora de la Administración permite unas condiciones de descuento que él nunca conseguirá.
Ciudadano
Finalmente, cuando se comunica al Ciudadano la noticia de la implantación del confirming en su Administración, éste debe saber que es la forma de terminar con la incertidumbre y aplazamiento típicos en el pago de la Administración a los Proveedores por los trabajos realizados y los servicios prestados.
También debe saber que el confirming es conocido como “gestión de pago a proveedores” y que tiene una segunda función, que realmente debería ser la primera de sus virtudes, que es la de facilitar el proceso interno de pago de la Administración. Aunque, no nos engañemos, esta cualidad no tiene porqué aflorar en todo el periodo de uso del sistema, pudiendo llegar, en ocasiones, a complicar la gestión diaria.
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